• Nuevo Reglamento de extranjería 2011

     El nuevo Reglamento de Extranjería entrará en vigor el próximo 1 de julio Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.

     

     BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

    Núm. 103 Sábado 30 de abril de 2011 Sec. I. Pág. 43821

     

    El Reglamento recoge más protección para víctimas de violencia de género en situación irregular, a quienes no se incoará expediente de expulsión hasta que no se produzca una resolución judicial sobre el su denuncia de malos tratos. Además, mientras se dirime el proceso, tanto la mujer como sus hijos podrán tener acceso a permisos temporales de residencia y trabajo hasta que se dicte sentencia.

    Concluido el proceso penal con sentencia no condenatoria o resolución de la que no se deduzca que la mujer ha sido víctima de violencia de género, se le denegará las autorizaciones, tanto a la denunciante como a sus hijos y se reanudará el proceso sancionador en materia de extranjería (expulsión)que  inicialmente se hubiese suspendido.

    En cuanto a la reagrupación familiar en particular, se denegarán las solicitudes cuando "de forma indubitada" se determine que el inmigrante no podrá mantener sus ingresos durante el año siguiente, para lo que analizará la evolución de la renta que ha percibido durante los seis meses previos a la petición. Esta renta deberá ser equivalente al 150% del IPREM y un 50% adicional por cada miembro de la familia si está formada por más de dos personas.

    (IPREM)Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples 
     
    Año    IPREM      IPREM anual  IPREM anual
           mensual    (12 pagas)   (14 pagas) 
     
    2011   532,51 €   6.390,13 €   7.455,14 €
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